El cierre contable de 2023 se tiene que realizar según el contenido de la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre Beneficios. También desde el punto de vista fiscal hay que aplicar la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades).
Durante la sesión, se presentarán mediante casos prácticos las novedades que se introdujeron tanto la Resolución del ICAC como la Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades motivados por la Ley de presupuestos de 2023, que requiere cambios en la forma de registro de algunas operaciones, por ejemplo:
- Reconocimiento de activos por impuestos diferidos.
- Reserva de capitalización.
- Reserva de nivelación.
- Limitación de la exención por dividendos y plusvalías de inversiones financieras.
- Libertad de amortización en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables.
- Amortización acelerada en inversiones en vehículos eléctricos.
Con el curso, se pretende realizar un análisis exhaustivo de todas las operaciones citadas anteriormente desde la óptica de la Resolución del ICAC, y además todas aquellas otras que pueden afectar al cierre contable y fiscal del ejercicio 2023, siempre desde la doble óptica contable y fiscal, con el objetivo de que pueda ayudar al auditor de cuentas en la verificación de las Cuentas Anuales de 2023.
Hay que tener en cuenta que la auditoría del área fiscal es muy importante en todo proceso de auditoría de cuentas, hasta tal punto que en algunos casos es necesaria la intervención de un “experto del auditor” según la NIA-ES 620, por ese motivo es necesario que el auditor también este al día en las últimas modificaciones fiscales que se hayan producido.
También, se tenderá en cuenta las consultas del ICAC más importantes que se han publicado en el ejercicio 2022 y 2023 respecto a esta materia.
De este modo, en la jornada se analizarán con detalle estas operaciones mediante casos prácticos, ya que el auditor de cuentas debe ser conocedor de las mismas para efectuar correctamente la auditoría del ejercicio 2023.
También se analizará la contabilización del efecto impositivo y el impacto de las diferencias permanentes y temporarias por limitación de gastos financieros, limitación de la exención por dividendos y plusvalías de inversiones financieras, límites para las deducciones de la cuota, no deducibilidad de deterioros, el caso de los deterioros de inversiones financieras cualificadas, etc.