Para realizar correctamente el cierre fiscal 2022 es necesario formalizar previamente el cierre contable. Por lo que hay que tener un conocimiento profundo tanto de las operaciones habituales del cierre, como todas
aquellas novedades que ha ido publicado el ICAC a lo largo de este ejercicio.
Para el tratamiento contable de los contenidos de la normativa fiscal, el cierre contable de 2022 se tiene que realizar según el contenido de la Resolución de 9 de febrero de 2016, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan las normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para la contabilización del Impuesto sobre Beneficios. También desde el punto de vista fiscal hay que aplicar la Ley del Impuesto sobre Sociedades (Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades).
En el curso se presentarán mediante casos prácticos las novedades que se introdujeron tanto la normativa contable como la Ley 27/2014 del impuesto sobre sociedades, que requiere cambios en la forma de registro
de algunas operaciones. Se analizarán los cambios introducidos por la Ley de Presupuesto de 2022, como por ejemplo la aplicación del tipo mínimo de gravamen. Se realizará un análisis exhaustivo de todas las operaciones que pueden afectar al cierre contable y fiscal del ejercicio 2022, siempre desde la doble óptica contable y fiscal, con el objetivo de que pueda ayudar al auditor de cuentas en la verificación de las Cuentas Anuales de 2022.
Hay que tener en cuenta que la auditoría del área fiscal es muy importante en todo proceso de auditoría de cuentas, hasta tal punto que en algunos casos es necesaria la intervención de un “experto del auditor” según
la NIA-ES 620, por ese motivo es necesario que el auditor también este al día en las últimas modificaciones fiscales que se hayan producido. Se tenderá en cuenta las consultas del ICAC más importantes que se han publicado en el ejercicio 2021 y 2022 respecto a esta materia. De este modo, en la jornada se analizarán con detalle estas operaciones mediante casos prácticos, ya que el auditor de cuentas debe ser conocedor de las mismas para efectuar correctamente la auditoría del ejercicio 2022.
También se analizará la contabilización del efecto impositivo y el impacto de las diferencias permanentes y temporarias por limitación de gastos financieros, limitación de la exención por dividendos y plusvalías de
inversiones financieras, límites para las deducciones de la cuota, no deducibilidad de deterioros, el caso de los deterioros de inversiones financieras cualificadas, etc.